Un magistrado del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 4 de Las Palmas de Gran Canaria avala en un auto la actuación policial en el caso Haidar, ya que los agentes que permitieron la entrada de Aminetu Haidar en España aplicaron correctamente el artículo 25.5 de la Ley Extranjería y el punto 5.4a del Código Schengen que permiten la llegada de extranjeros a España sin pasaporte pero con una tarjeta de residencia en vigor. Asimismo, el juez ha rechazado las medidas cautelares que la activista saharaui pedía por este caso, entre las que se encontraba su salida inmediata de territorio español hacia El Aiún.
El País
Haidar entró en España porque tenía una tarjeta de residencia, que es la única documentación que tenía pero que no le permitía volver a Marruecos al retirarle el pasaporte marroquí el gobierno marroquí, a diferencia de las mentiras y medias verdades que contaba Haidar (lo del secuestro, etc...)
Una vez llega a España y al no poder volver a Marruecos porque no tiene el pasaporte marroquí ni español, el gobierno Español le ofrece todas las posibilidades que tiene en su mano (refugiada por la ONU o un Pasaporte Español por vía de urgencia, algo que se puede hacer en muy contadas ocasiones). Ambas posibilidades las rechazó todas la propia Haidar.
Llegados a ese punto, el gobierno no puede hacer nada más que negociar y negociar con Marruecos, porque no puede lanzarla en paracaídas desde un avión como se intuía en alguna declaración de su abogada que quería llegar a Marruecos por las buenas o por la malas, aunque ella sabía que no podía hacerlo.
Pero lo de siempre. Es más sencillo ponerse del lado de Haidar y amplificar su altavoz de medias verdades y bastantes mentiras, que hacer caso a la verdad.
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